A Desalambrar Francia: Ley contra el odio en línea

Abogada Ana Cristina Bracho
Foto: Twitter

Publicado: 21/07/2019 09:30 PM

Las últimas semanas en Francia se ha vivido un intenso debate por la presentación de la Ley Avia o Ley contra los contenidos de odio en internet. El texto fue aprobado en primera discusión con 434 votos a favor, 33 en contra y 69 abstenciones. Lo que no ha evitado que exista una gran incertidumbre sobre si se trata de un texto liberticida y que algunos sectores ya anuncien que serán los tribunales los que deberán pronunciarse sobre su constitucionalidad.

La ley establece una regla principal, en redes no se puede odiar y cuando se determine que un contenido es de esta naturaleza, no debe compartirse por su ilegalidad, por lo que los operadores cuentan con 24 horas para eliminarlos de las redes. En caso de que no lo hagan serán multados por montos que pueden alcanzar hasta el 4% de sus ganancias anuales calculadas por el ejercicio económico del año inmediatamente anterior.

En específico, debemos recordar que en los últimos años en Francia se vive una preocupación creciente por el terrorismo y que en el país galo, los derechos de la prensa se encuentran legal y judicialmente reglamentados. Procurando que esta no lesione los intereses individuales de nadie.

Así las cosas, no es la primera norma que determina cuál es el uso legal de los medios de comunicación y tampoco un reglamento completo de los crímenes de odio sino que es un instrumento que establece en el internet, a los usuarios y a los prestadores, normas específicas para evitar la provocación del terrorismo o su apología, los atentados contra la dignidad de las personas, la apología de los crímenes de guerra, de los crímenes de lesa humanidad, de la esclavitud, del acoso sexual, de la trata o de prostitución.

¿Cómo se penalizan estos actos? ¿Dónde está la frontera de la expresión libre y el odio? ¿Cuál es la responsabilidad del prestador de servicio o del administrador de la plataforma? Estas son preguntas sensibles y novedosas que parecen ser el primer obstáculo a superar para el legislador.

Esto porque no estamos hablando de cualquier área del Derecho sino en específico de normas penales que se rigen por el principio de legalidad: nadie puede ser castigado por lo que no esté previsto en la ley así como que la previsión debe ser escrita de la manera más clara posible. El segundo será satisfacer las exigencias constitucionales para la limitación de los derechos que sólo debe hacerse de manera excepcional.

De este texto, lo fundamental para nosotros es ver que cada vez más países ejercen soberanía sobre las redes sociales y les sancionan monetariamente sus excesos. De este modo, vamos observando que el discurso del odio es una preocupación global, donde parece cerrarse las primeras eras de una relativa anomia virtual y el gran debate es dónde está el límite así como se relacionan estos delitos con las normas generales de la responsabilidad.

ANA CRISTINA BRACHO 

 

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