Así Sudeban protegerá a usuarios de banca electrónica que estén fuera del país

Las casas de cambio activas y autorizadas para envío de remesas Wester Union y Moneygram
Foto: Internet

Publicado: 28/08/2018 03:35 PM

La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario  (Sudeban) en aras de brindar protección integral a los usuarios que realizan operaciones a través de la banca y que están fuera de Venezuela, emitió la Circular SIB-DSB-14539, de fecha 27 de 2018, donde solicita a las instituciones financieras garantizar la seguridad de esas personas.

Esta medida se adopta con el fin de evitar el flujo de dinero que sale del país a través de la frontera mediante el contrabando de extracción, donde se transfieren en tiempo real una masa de dinero importante que afecta nuestra economía, reseña nota de prensa publicada por Sudeban.

La circular, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 26 del artículo  171 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del  Sector Bancario, establece lo siguiente:

Informar a sus clientes que de tener previsto viajar fuera del  territorio nacional y requirieran movilizar sus instrumentos  financieros bajo cualquier tipo de operación, deberán notificar  previamente a la institución bancaria, indicando  expresamente el lugar o lugares de destino y el período correspondiente.  En el caso de ampliar dicho plazo y/o modificar el lugar, igualmente  debe notificarlo a esa entidad bancaria.

En el caso, que la institución bancaria identifique alguna  transacción que corresponda a clientes que no hayan efectuado la  notificación prevista en el literal anterior, cuyas direcciones IP  (Internet Protocol) se encuentran fuera de  Venezuela, deberá esa entidad bancaria efectuar de manera preventiva un  condicionamiento especial que imposibilite los accesos para realizar  transferencias en línea de los instrumentos financieros pertenecientes a  dicho cliente.

Dicho condicionamiento deberá ser realizado desde el momento que  intente acceder al sistema y durará hasta tanto el cliente le suministre  a la institución bancaria los datos antes requeridos. Adicionalmente, la institución bancaria deberá identificar plenamente las direcciones IP  desde las cuales se realizó el acceso.

Reportar con frecuencia semanal a través de los correos electrónicos  de la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF) ese  Organismo, los días lunes o el día hábil siguiente de la semana que se  reporta, la siguiente información:

Detalle de los clientes que informen previamente sobre su salida del  país, especificando: nombre del titular; lugar de destino y período;  tipo de identificación de los instrumentos que posea en esa institución  bancaria y requiera usar en el exterior.

Todas las operaciones que se efectúen con un IP (Internet Protocol)  desde el exterior. En el caso que el cliente no haya notificado previamente su salida  del país, deberá reportarlo incluyendo las direcciones  IP de las cuales se intentaron los accesos.

Es importante mencionar que nuestro país cuenta con la estructura, las regulaciones adecuadas a los estándares nacionales e internacionales  y las casas de cambio activas y autorizadas por operadoras  internacionales como Wester Union y Moneygram, entre otros, para el  envío de remesas desde cualquier parte del mundo.

 

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