¡Sin cuentos! Cruce entre oferta y demanda determina tasa Dicom (+detalles)
Publicado: 26/06/2017 04:52 PM
El cruce entre la oferta y la demanda de personas naturales y jurídicas, determina el tipo de cambio para las subastas en el Sistema de Divisas de Tipo de Cambio Complementario Flotante de Mercado (Dicom).
Esta tasa fluctúa entre dos límites (uno superior y otro inferior) que son definidos por el Banco Central de Venezuela (BCV), en base a un sistema de bandas móviles que son monitoreadas.
El tipo de cambio se situó, para la primera subasta, en 2.010 bolívares por dólar. En la segunda, fue de 2.161 bolívares por dólar. Para ambas convocatorias el BCV había fijado previamente una banda móvil mínima de 1.800 bolívares y una máxima de 2.200 bolívares por dólar.
En la tercera y cuarta subasta, el tipo de cambio llegó al tope máximo de banda móvil establecido por el ente emisor, esto debido a que las posturas ofertadas se situaron allí (2.010 bolívares en la tercera y 2.640 en la cuarta).
Ya para la quinta subasta convocada, la banda se ubicó en 2.010 bolívares por dólar como monto mínimo y 2.640 bolívares como máximo.
El algoritmo informático del sistema prevé que, en el escenario de presentarse una alta cantidad de posturas a un tipo de valor específico, el sistema tome el 75% de las posturas y las ordene desde el monto menor al monto mayor. De esta manera, se genera un corte en el 75% de las solicitudes. Cada comprador de divisas deberá cancelar el precio que colocó en su orden de compra, así sea mayor al tipo de cambio resultante.
El Dicom contempla dos tipos de subastas: ordinaria y extraordinaria. En el primer caso, está abierta a todos los sectores y se rige por convocatorias oficiales hechas por el BCV. En el segundo caso, son de contingencia, por tanto se activarán cuando la subasta ordinaria (sea por exceso de oferta o demanda) no logre asignar divisas por debajo del precio superior o por encima del precio inferior de la banda establecida.
En ambos casos, las personas naturales podrán solicitar hasta 500 dólares trimestrales, con un máximo de 2.000 dólares al año. Las personas jurídicas podrán solicitar hasta 400.000 dólares mensuales.
