¡TSJ decidió! Enjuiciameinto de diputados opositores lo harán tribunales ordinarios en materia penal
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Publicado: 16/12/2019 02:58 PM
Tras la solicitud hecha por
fiscal general de la República, Tarek
William Saab, de comprometer la
responsabilidad de los diputados ciudadanos Jorge Alberto Millán Torrealba,
Hernán Claret Alemán Pérez, Carlos Alberto Lozano Parra y Luis Stefanelli Barjacoba,
por la comisión de los delitos: traición a la patria, conspiración,
instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir,
usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y
el odio continuada, el Tribunal Supremo de Justicia se
pronunció a favor de la petición.
De acuerdo con la nota de
prensa emitida por el TSJ el fallo explica que el presente procedimiento de trata
de la comisión flagrante de delitos comunes, por lo que no procede el
antejuicio de mérito de los mencionados ciudadanos.
“Su
enjuiciamiento corresponderá a los tribunales ordinarios en materia penal,
según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal.
Tales delitos están previstos y sancionados en los artículos 128, 132, 143,
145, 163, 213 y 285, todos del Código Penal respectivamente; y el delito de
asociación, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley contra la Delincuencia
Organizada y Financiamiento al Terrorismo”, reseñó la nota.
La decisión de la Sala
Plena, con ponencia de la magistrada Mónica Misticchio Tortorella,
integrante de la Sala de Casación Social, ordena remitir copia certificada de
las actuaciones al Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente para
que dicho órgano determine lo conducente, según lo previsto en el artículo 200
de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y a la Sala
Constitucional del Alto Juzgado, para su conocimiento y demás fines.