¡TSJ decidió! Enjuiciameinto de diputados opositores lo harán tribunales ordinarios en materia penal

Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
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Publicado: 16/12/2019 02:58 PM

Tras la solicitud hecha por fiscal general de la República, Tarek William Saab, de comprometer la responsabilidad de los diputados ciudadanos Jorge Alberto Millán Torrealba, Hernán Claret Alemán Pérez, Carlos Alberto Lozano Parra y Luis Stefanelli Barjacoba, por la comisión de los delitos: traición a la patria, conspiración, instigación a la insurrección, rebelión civil, concierto para delinquir, usurpación de funciones, instigación pública a la desobediencia de las leyes y el odio continuada, el Tribunal Supremo de Justicia se pronunció a favor de la petición.

 

De acuerdo con la nota de prensa emitida por el TSJ el fallo explica que el presente procedimiento de trata de la comisión flagrante de delitos comunes, por lo que no procede el antejuicio de mérito de los mencionados ciudadanos.

“Su enjuiciamiento corresponderá a los tribunales ordinarios en materia penal, según lo dispuesto en el artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal. Tales delitos están previstos y sancionados en los artículos 128, 132, 143, 145, 163, 213 y 285, todos del Código Penal respectivamente; y el delito de asociación, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo”, reseñó la nota.

La decisión de la Sala Plena, con ponencia de la magistrada Mónica Misticchio Tortorella, integrante de la Sala de Casación Social, ordena remitir copia certificada de las actuaciones al Presidente de la Asamblea Nacional Constituyente para que dicho órgano determine lo conducente, según lo previsto en el artículo 200 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y a la Sala Constitucional del Alto Juzgado, para su conocimiento y demás fines.

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