¡En Miranda! Establecen medidas adicionales para cortar las cadenas de trasmisión del Covid-19
Publicado: 28/07/2020 02:22 PM
El Gobernador del estado Miranda, Héctor Rodríguez, informó que se establecieron un conjunto de medidas adicionales para cortar las cadenas de trasmisión del Covid-19 en la región mirandina.
"Atención a nuestro pueblo mirandino. Considerando el incremento de casos de COVID-19 en el estado, hemos decidido establecer medidas adicionales para cortar las cadenas de trasmisión del virus y proteger la salud de las familias", escribió Rodríguez en su cuenta en Twitter @HectoRodriguez.
Anunció que a partir de mañana, miércoles 29 de julio, entra en vigencia el Decreto N° 2020-0100 que establece un cronograma para la compra de productos y bienes esenciales en todo el territorio, "a excepción de la adquisición de medicamentos, según el terminal de cédula de cada ciudadano".
Rodríguez invitó al pueblo mirandino a ser garantes del cumplimiento de éstas medidas.
La compra de productos y bienes esenciales en todo el territorio del estado Bolivariano de Miranda se realizará de acuerdo al último número de Cédula de Identidad de cada ciudadano y ciudadana, según el siguiente cronograma:
Lunes: Terminales 0 y 9
Martes: Terminales 1 y 8
Miércoles: Terminales 2 y 7
Jueves: Terminales 3 y 6
Viernes: Terminales 4 y 5
Sábado: Terminales 0, 1, 2, 8 y 9
Domingo: Terminales 3, 4, 5, 6 y 7
Asimismo, indica que para el acceso a los establecimientos cuya apertura esté permitida, será exigido de forma obligatoria el uso debido de la mascarilla, tapando nariz y boca, así como el mantenimiento del distanciamiento social.
Los propietarios o propietarias y responsables de los establecimientos comerciales, colocarán pancartas, carteleras u otro medio informativo con el cronograma establecido en el presente Decreto y deberán cumplirlo en sus procesos de venta al público.
El incumplimiento de las medidas adoptadas en el presente Decreto acarreará las multas y sanciones establecidas en la ley.
Las medidas adoptadas en el presente Decreto tendrán una vigencia de treinta (30) días continuos contados a partir del día miércoles 29 de julio de 2020, pudiendo ser prorrogados a recomendación de las autoridades competentes en materia de salud.
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