Estrategias para evadir acciones coercitivas del imperialismo como derecho legítimo de los pueblos
Publicado: 01/07/2021 11:29 AM
La
pericia e inacción de los órganos constitutivos de la comunidad internacional
con competencia para sancionar agresiones, hace que países bloqueados como
Venezuela deban utilizar mecanismos de legítima defensa evadiendo las injustas
acciones imperiales que le impiden la compra de alimentos como
consecuencia de la aplicación de medidas
coercitivas unilaterales y genocida por parte del imperialismo estadounidense
contra la población en venezolana.
Aunque
algunos medios de comunicación palangristas
estén llamando burla a las sanciones, ello no es más que mecanismos legítimos
que se implementan para dar alimentación al pueblo agredido, dado que la
intervención real, efectiva y eficaz de
los miembros de la comunidad internacional y en especial de la Organización
de las Naciones Unidas son simples saludos a la bandera sin efectividad real,
adoptando decisiones no vinculantes contra el agresor quien debería ser
sancionado.
Bajo
esa perspectiva, existe la obligación unilateral de legítima defensa,
entendiendo la defensa como un derecho obligatorio por parte del Estado agredido
quien tiene la responsabilidad de garantizar la estabilidad política, social, económica
y la no vulnerabilidad de sus elementos constitutivos como lo son la población
y la integridad territorial amenazada por fuerzas imperiales externas.
Mientras
la comunidad internacional, no ejerza acciones contundentes contra la piratería
realizada por países que ilegítimamente se acreditan el derecho de policías
internacionales para beneficio particular, no habrá verdadera paz internacional
en el mundo y los agredidos estarán obligados a implementar e innovar en
acciones de defensa buscando alternativas viables que permitan garantizar la
alimentación a su población, aliándose en redes con gobiernos audaces y capaces
de enfrentar las agresiones unilaterales y genocidas de ciertos gobiernos
imperiales como el estadounidense.
Al
ser las medidas coercitivas unilaterales y los bloqueos acciones que no derivan
de la aplicación del derecho internacional, que no emanen del fruto de una
legislación discutida multilateralmente y aceptada por todos los Estados miembros
de la ONU, estas se constituyen simplemente en decisiones con motivaciones
políticas y económicas de gobiernos imperialistas, colonizadores en contra de países
débiles, sobre quienes pretenden aplicarle extraterritorialidad de sus leyes, aunque
ello este expresamente prohibido en el Derecho Internacional Público.
En
este sentido, debe saber nuestro pueblo de las realidades que manipuladamente se
expresan a través de ciertos medios de comunicación, quienes presentan acciones
ilegitimas como legales para provecho particular de los gobiernos imperialistas
que buscan el dominio y aprovechamiento capitalista en los países con recursos
estratégicos como los que se encuentran en Venezuela; y que esas acciones no
deben ser enaltecidas sino atacadas con estrategia y táctica bolivariana.
La
burla imperial estadounidense a las normas del derecho internacional, no podrá
ser contenida sin una voluntad política de los gobiernos soberanos mundiales, como
medida emergente ante la avanzada de la mirada displicente de los organismos
multilaterales quienes con su “dejar pasar”, “dejar hacer” impulsan a países
soberanos progresistas no solo a buscar entre amigos acciones que permitan evadir
medidas coercitivas unilaterales para que los pueblos oprimidos, puedan tener y
gozar del derecho a la vida que no está garantizando el entramado internacional.
Cuando
los mecanismos legales, constitucionales pre-establecidos son vulnerados por
miembros que por acción o por omisión
deben garantizarlos, pues el derecho a la vida como condición suprema se
constituye en la acción necesaria que con mecanismos extraordinarios debe
garantizársele a un pueblo oprimido.
RAFAEL SOSA VARGUILLA