Estrategias para evadir acciones coercitivas del imperialismo como derecho legítimo de los pueblos

"Existe la obligación unilateral de legítima defensa"
Caricatura cortesía de Rubén

Publicado: 01/07/2021 11:29 AM

La pericia e inacción de los órganos constitutivos de la comunidad internacional con competencia para sancionar agresiones, hace que países bloqueados como Venezuela deban utilizar mecanismos de legítima defensa evadiendo las injustas acciones imperiales que le impiden la compra de alimentos como consecuencia  de la aplicación de medidas coercitivas unilaterales y genocida por parte del imperialismo estadounidense contra la población en venezolana.

Aunque algunos medios de comunicación palangristas  estén llamando burla a las sanciones, ello no es más que mecanismos legítimos que se implementan para dar alimentación al pueblo agredido, dado que la intervención real, efectiva y eficaz de  los miembros de la comunidad internacional y en especial de la Organización de las Naciones Unidas son simples saludos a la bandera sin efectividad real, adoptando decisiones no vinculantes contra el agresor quien debería ser sancionado.

Bajo esa perspectiva, existe la obligación unilateral de legítima defensa, entendiendo la defensa como un derecho obligatorio por parte del Estado agredido quien tiene la responsabilidad de garantizar la estabilidad política, social, económica y la no vulnerabilidad de sus elementos constitutivos como lo son la población y la integridad territorial amenazada por fuerzas imperiales externas.

Mientras la comunidad internacional, no ejerza acciones contundentes contra la piratería realizada por países que ilegítimamente se acreditan el derecho de policías internacionales para beneficio particular, no habrá verdadera paz internacional en el mundo y los agredidos estarán obligados a implementar e innovar en acciones de defensa buscando alternativas viables que permitan garantizar la alimentación a su población, aliándose en redes con gobiernos audaces y capaces de enfrentar las agresiones unilaterales y genocidas de ciertos gobiernos imperiales como el estadounidense.

Al ser las medidas coercitivas unilaterales y los bloqueos acciones que no derivan de la aplicación del derecho internacional, que no emanen del fruto de una legislación discutida multilateralmente y aceptada por todos los Estados miembros de la ONU, estas se constituyen simplemente en decisiones con motivaciones políticas y económicas de gobiernos imperialistas, colonizadores en contra de países débiles, sobre quienes pretenden aplicarle extraterritorialidad de sus leyes, aunque ello este expresamente prohibido en el Derecho Internacional Público.

En este sentido, debe saber nuestro pueblo de las realidades que manipuladamente se expresan a través de ciertos medios de comunicación, quienes presentan acciones ilegitimas como legales para provecho particular de los gobiernos imperialistas que buscan el dominio y aprovechamiento capitalista en los países con recursos estratégicos como los que se encuentran en Venezuela; y que esas acciones no deben ser enaltecidas sino atacadas con estrategia y táctica bolivariana.

La burla imperial estadounidense a las normas del derecho internacional, no podrá ser contenida sin una voluntad política de los gobiernos soberanos mundiales, como medida emergente ante la avanzada de la mirada displicente de los organismos multilaterales quienes con su “dejar pasar”, “dejar hacer” impulsan a países soberanos progresistas no solo a buscar entre amigos acciones que permitan evadir medidas coercitivas unilaterales para que los pueblos oprimidos, puedan tener y gozar del derecho a la vida que no está garantizando el entramado internacional.

Cuando los mecanismos legales, constitucionales pre-establecidos son vulnerados por miembros  que por acción o por omisión deben garantizarlos, pues el derecho a la vida como condición suprema se constituye en la acción necesaria que con mecanismos extraordinarios debe garantizársele a un pueblo oprimido.

RAFAEL SOSA VARGUILLA


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