INTT exige el ROTC a vehículos de carga para movilizarse por el territorio nacional
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MPPRIJP
Publicado: 03/03/2026 05:30 PM
El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Transporte Terrestre, específicamente en su Artículo 23, numerales 6 y 16; así como en los Artículos 97 y 128, establece la obligatoriedad del Registro de Operadoras de Transporte de Carga (ROTC) para todas las unidades de esta tipología, destinadas a la movilidad en el territorio nacional.
Esta certificación se emite con el objetivo de organizar y regularizar a los operadores de transporte de carga. Independientemente de si la unidad presta o no este servicio, debe contar con esta permisología para poder transitar, así como al momento de la fiscalización, señaló en el Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, Justicia y Paz (MPPRIJP), en su portal.
Las unidades que deben poseer el ROTC, de acuerdo con su tipología, son: Vehículos ligeros de carga: Modelos tipo pickup y camionetas cerradas, tipo panel; Vehículos pesados de tracción: Camiones de diversas capacidades y tractores tipo chuto y Equipos de arrastre y complementos: Remolques y emirremolques.
De acuerdo con el Artículo 3 de la Reforma Parcial de la Providencia Administrativa Nro. 581-2013 de la Gaceta Oficial Nro. 40.410, para el otorgamiento o renovación del certificado individual de circulación de estas unidades, el propietario debe presentar ante el INTT la revisión técnica del vehículo, avalada por el Área de Transporte de Carga de la Gerencia General de Transporte Terrestre.
El registro y la revisión técnica previa son procesos esenciales para quienes operan en el ámbito del transporte terrestre de carga.
El INTT garantiza, a través de esta certificación, que cada vehículo que circula con insumos por las vías nacionales cumpla con las condiciones de seguridad y el marco jurídico vigente.
REDACCIÓN MAZO