LA VIOLACIÓN DE LOS DDHH DE LA MAESTRA CECILIA NÚÑEZ CHIPANA
Publicado: 12/08/2026 03:27 PM
EDMUNDO GONZÁLEZ URRUTIA
Y SU PARTICIPACIÓN EN LA VIOLACIÓN DE LOS DDHH DE LA MAESTRA
CECILIA NÚÑEZ CHIPANA
(El Nacional, 9 de agosto de 1998)
- En febrero de 1998, Cecilia Núñez Chipana, maestra peruana radicada en Venezuela, en su condición de perseguida política del gobierno de Alberto Fujimori, fue detenida por agentes de la Dirección General Sectorial de Inteligencia y Prevención (DISIP) mientras realizaba labores docentes en una escuela de Caracas.
- De allí, Núñez Chipana fue llevada a la sede central de la DISIP y durante 85 días permaneció en una celda muy estrecha, sin ventilación, la cual tenía 32 focos de luz permanentemente encendidos que mantenían una temperatura sofocante.
- Durante ese tiempo, se le impidió salir a tomar aire o sol a ninguna hora del día, siendo frecuentemente amenazada de muerte y sometida a tortura.
- Edmundo González Urrutia, entonces director de Política del Ministerio de Relaciones Exteriores, en abierta violación de la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes y del ordenamiento que rige el derecho al asilo político, expresó: “El Estado no tiene que dar explicaciones sobre este caso ni sobre la extradición”. Autorizando así los métodos de tortura y la subsecuente extradición a que fue sometida la maestra Núñez Chipana.
- La decisión de González Urrutia, al margen de la legalidad, violó el Principio de No Devolución (non refoulement) que prohíbe de manera absoluta a los estados a devolver cualquier persona a un país donde existan fundadas razones de que estaría en peligro de ser sometida a tortura y muerte.
- En consecuencia, el 3 de abril de 1998, el Estado venezolano fue, por primera vez, acusado ante el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas por violación del Artículo 3 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes.
- Posteriormente, el Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas adoptó una medida provisional (cautelar) en la cual demandó al Estado venezolano: “Se abstenga de expulsar o extraditar a la señora Núñez Chipana a Perú mientras la comunicación esté siendo considerada por el Comité”.
- Sin embargo, el 07 de julio de 1998, González Urrutia, desacatando la medida provisional y en contravención con los Tratados Internacionales que rigen la materia suscritos por Venezuela, autorizó la ilegal e inconstitucional extradición de la maestra Núñez Chipana, respaldando la solicitud ilegal de un gobierno extranjero, con base a una sentencia emanada de la Sala Penalde la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que puso en riesgo la vida de la docente peruana.
- Gracias al pronunciamiento del Director General de la Cancillería venezolana, la maestra Núñez Chipana, sin antecedentes penales dentro o fuera de su país, por el delito de disentir políticamente de la dictadura existente en el Perú, fue condenada a 25 años de prisión en una cárcel de máxima seguridad.
- Sí habían fundadas razones para no extraditarla y estimar que tal decisión de González Urrutia vulneró el derecho de asilo político solicitado:
- Durante la década 1990-2000, Fujimori instauró en su gobierno el escuadrón de la muerte conocido como el Grupo Colina, responsable de ejecutar la masacre de Barrios Altos, de noviembre de 1991 y la de La Cantuta, en julio de 1992, donde resultaron asesinadas decenas de personas.
- La docente Núñez Chipana estaba en la lista negra de los disidentes a ese gobierno de facto que debían ser capturados y sometidos a la sentencia de estos escuadrones fujimoristas.
- El 5 de abril de 1992, Fujimori, con el apoyo de los escuadrones de la muerte y algunos oficiales gorilas de las Fuerzas Armadas del Perú, adoptó el Plan Verde y llevó a cabo un golpe de Estado, disolviendo todos los poderes públicos para convertirse en dictador de facto.
- A raíz de la disolución del Congreso Nacional y la Corte Suprema de Justicia del Perú, comenzaron las detenciones arbitrarias, los allanamientos sin orden judicial, las desapariciones forzadas, los asesinatos selectivos y las masacres de personas y grupos de izquierda. Comunidades indígenas del Perú tuvieron que migrar a zonas alejadas, víctimas de la persecución política, sus mujeres fueron capturadas y sometidas a esterilizaciones forzadas.
REDACCIÓN MAZO