Vehículos con carga superior a los 3 mil 500 kilos no puedran circular en Semana Santa
Escucha esta noticia: 🔊
Tu navegador no muestra audio
Internet
Publicado: 30/03/2026 11:02 AM
A través de un comunicado, el Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) informa a los operadores de transporte de carga que, desde el lunes 30 de marzo, a partir de la 01:00 am, hasta el lunes 06 de abril de 2026, a la 01:00 am estará restringida su circulación.
En ese sentido, se conoció que esta medida será aplica a transporte con carga superior a los 3 mil 500 kg, y tiene el objetivo de garantizar la seguridad vial, durante la Semana Santa.
A continuación texto íntegro del comunicado:
El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT) informa a los operadores de transporte de carga que, desde el lunes 30 de marzo, a partir de la 01:00 am, hasta el lunes 06 de abril de 2026, a la 01:00 am estará restringida la circulación del transporte de carga superior a los 3.500 kg, con el objetivo de garantizar la seguridad vial, durante la Semana Santa.
La restricción se realiza conforme a lo decretado por la Presidenta (E) DELCY RODRIGUEZ, el pasado jueves 27 de marzo, y en corcondancia a lo estipulado en la Resolución Conjunta 083 y 022 del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y del Ministerio del Poder Popular para el Transporte, publicadas en la Gaceta Oficial N° 42.425, de fecha 25 de julio de 2022.
Esta prohibición de circulación no aplica a vehículos que transportan los siguientes productos y servicios: alimentos perecederos y no perecederos, y sus respectivas materias primas; asistencia vial, emergencias, policiales o militares, material de telecomunicaciones para la defensa de la Nación, tales como; agua potable y los los químicos necesarios para su potabilización, medicinas de corta duración, dióxido de carbono (hielo seco), oxígeno (gases o líquidos necesarios para el funcionamiento de centros de salud), desechos sólidos de origen domiciliario (en vehículos habilitados para ese servicio), gas de uso doméstico y combustibles destinados al aprovisionamiento de estaciones de servicio.
Se exhorta a los transportistas a tomar las previsiones necesarias ante la restricción de circulación vigente y cumplir estrictamente con las medidas establecidas para garantizar la seguridad vial. Su colaboración es fundamental para proteger la integridad de todos en las vías.
REDACCIÓN MAZO