Conozca el reglamento del proceso de consulta y elección de los candidatos y candidatas del Psuv
Con El Mazo Dando
Publicado: 02/06/2021 09:58 PM
El Partido Socialista Unido de Venezuela, presentó este martes primero de junio el Reglamento del proceso de consulta interna del 8 de agosto de 2021 donde saldrán electos los candidatos y candidatas para los cargos de gobernadores o gobernadoras, alcaldes o alcaldesas, legisladores o legisladoras a los Consejos Legislativos de los estados, y concejales o concejalas a los Concejos Municipales que se realizará el 21 de noviembre de 2021.
Estas condiciones busca garantizar en términos generales que las o los aspirantes a las diferentes candidaturas cumplan con el perfil establecido en la Declaración de Principios, Estatutos y Código de Ética del Partido, con especial atención a las características del o la militante, sus deberes y su conducta, establecidos en los los Estatutos.
El documento destaca que el proceso debe garantizar el derecho de la o el militante a postular y ser postulada o postulado a cargos de elección popular mientras el proceso garantizará la selección y el ejercicio de los métodos de la democracia interna contemplados en los Estatutos del Psuv.
"Los principios generales están definidos en la Declaración de Principios del Partido Socialista Unido de Venezuela y desarrollados en los Estatutos y el Código de Ética, pero para este proceso de consulta y designación de candidatos y/o candidatas se hará énfasis en los siguientes: Unidad, defensa de la Revolución Bolivariana, lealtad al presidente Hugo Chávez, lealtad al líder actual de la Revolución (Nicolás Maduro) y al Psuv.
Método para su selección:
Para la designación de candidatos y candidatas se aplicará una combinación de métodos de la democracia interna teniendo como fundamento base la opinión de la militancia del partido, tanto en la fase de postulaciones como en la de elección.
Proceso de Consulta:
(Requisitos para ser postulado o postulada)
- Ser venezolano o venezolana.
- Para los cargos de gobernador o gobernadora y alcalde o alcaldesa, ser mayor de 25 años.
- Para los cargos de legislador o legisladora y concejal o concejala ser mayor de 21 años.
- No haber sido sentenciado o sentenciada por delito penal alguno ni inhabilitado o inhabilitada por la Contraloría General de la República.
- Ser de reconocido comportamiento ético y moral.
- Tener más de dos años de militancia activa en el Psuv.
- Haber demostrado disciplina en el cumplimiento de las directrices, normas y procedimientos emanados de los órganos de dirección del Psuv.
- No estar sometido o sometida a proceso disciplinario interno del Psuv.
- Cumplir con el perfil establecido en la Declaración de Principios, Estatutos y Código de Ética del Partido, con especial atención a las características del o la militante, sus deberes y su conducta.
- Cumplir con los principios referidos en el presente reglamento.
Candidaturas a ser postuladas en la asamblea de Ubch.
En cada Ubch se realizarán postulaciones en los seis (06) tipos de cargos a elegir en las elecciones del próximo 21 de noviembre, a saber:
- Gobernador o gobernadora.
- Alcalde o alcaldesa.
- Legisladores y legisladoras de la circunscripción electoral.
- Concejales y concejalas de la circunscripción electoral.
- Legisladores y legisladoras voto lista.
- Concejales o concejalas voto lista.
Derecho de la militancia a postular ante la Ubch:
Todo y toda militante del Partido Socialista Unido de Venezuela, debidamente inscrito en el registro electoral (RE) y carnetizado o carnetizada, tienen derecho a postular a cualquier militante ante la asamblea de la Ubch a la cual pertenece.
Cada militante podrá postular en los seis tipos de cargos a elegir en las elecciones del próximo 21 de noviembre.
- Gobernador o gobernadora.
- Alcalde o alcaldesa.
- Legisladores y legisladoras de la circunscripción electoral.
- Concejales y concejalas de la circunscripción electoral.
- Legisladores y legisladoras voto lista.
- Concejales o concejalas voto lista.
La Comisión Nacional Electoral,a través de las vicepresidencias territoriales, enviará con suficiente antelación los listados a las Ubch para que sean considerados en las manifestaciones de apoyo según lo establecido en el reglamento.
Los y las militantes que actualmente ocupan el cargo de diputado o diputada a la Asamblea Nacional, ministro o ministra, viceministro o viceministra, director o directora, o cualquier otro cargo de libre nombramiento y remoción, dentro de la administración pública nacional, estadal o municipal, deberán contar con la autorización de la Dirección Nacional del Psuv para que su postulación pueda serevaluada por la Comisión Nacional Electoral, según lo establecido en el presente reglamento.
De igual manera los y las militantes que desempeñen el cargo de alcalde o alcaldesa, deberán contar con la autorización de la Dirección Nacional del Psuv para que su postulación al cargo de gobernador o gobernadora pueda ser evaluada por la Comisión Nacional Electoral.
Del ejercicio del derecho a postular
El derecho apostular se ejercerá en forma individual, directa y secreta para cada una de los seis tipos de cargos a elegir. El o la militante que desee postular, lo hará obligatoriamente, en paridad de genero(un hombre y una mujer), para lo cual se dispondrá en cada Ubch de dos cajas: una identificada con la palabra “HOMBRES” y otra identificada con la palabra “MUJERES”, en las cuales depositará la papeleta de postulación correspondiente.
Para los efectos de este reglamento, el procedimiento comprendido entre las postulaciones y la totalización de los apoyos a las postulaciones, en cada uno de los seis tipos de cargos a elegir.
Los y las militantes ejercerán el derecho a postular al iniciarse cada acto, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Instalada la asamblea de Ubch, con el quórum reglamentario, el jefe o jefa de Ubch, o quien dirija la asamblea de conformidad a lo establecido en este reglamento, declarará la apertura del primer acto,correspondiente al cargo de gobernador o gobernadora.
Seguidamente, el o la militante que desee postular alzará la mano manifestando su deseo de postular. Una vez que el o la militante manifiesta el deseo de postular, el jefe o jefa de Ubch, o quien dirija la asamblea, le hará entrega de dos papeletas de postulación diseñadas por la Comisión Nacional Electoral para tal fin.
El o la militante anotará en la papeleta de postulación, en letra legible,los nombres y apellidos del compatriota que postula (hombre) y en la otra papeleta el nombre de la compatriota que postula (mujer). Pasado un tiempo prudencial el jefe o jefa de Ubch, o quien dirija la asamblea, dará inicio a la tarea de depositar las papeletas en la caja correspondiente.
El procedimiento establecido en los numerales anteriores se aplicará en las postulaciones para todos los tipos de cargos a elegir.
El o la militante que ejerza su derecho a postular podrá anotarse en la lista de testigos del proceso, diseñada por la Comisión Nacional Electoral para tal fin.
De los apoyos a las postulaciones y forma de apoyarlas:Los apoyos a las postulaciones se harán de forma individual, directa y secreta según lo previsto en el presente reglamento.
Cada militante debe apoyar las postulaciones en paridad de género, de la siguiente manera:
Para las postulaciones de las candidaturas de gobernador o gobernadora, alcalde o alcaldesa, legislador o legisladora de la circunscripción electoral, y concejal o concejala de la circunscripción.
Postulaciones y apoyos en el equipo político estadal del Psuv en sesión conjunta con el equipo político estadal de la Jpsuv.
Todo y toda militante integrante del equipo político estadal tendrá derecho a postular y a apoyar postulaciones siguiendo el mismo procedimiento establecido limitándose a postular y a apoyar postulaciones a los cargos de gobernador o gobernadora y legisladores o legisladoras voto lista.Los apoyos a las postulaciones serán individual, directo y secreto siguiendo el procedimiento aplicado en la asamblea de Ubch.
Organización y elaboración de listas de postulados y postuladas en la Ubch al cargo de gobernador o gobernadora.
El proceso de postulaciones se dividirá en seis actos. Cada acto iniciará con el ejercicio del derecho a postular, cumpliendo lo establecido.
El primer acto corresponde al cargo de gobernador o gobernadora.
Concluido el ejercicio del derecho a postular, se elaborarán dos listas: una de hombres y otra de mujeres, las cuales serán conformadas por orden alfabético del apellido y numeradas en ese orden con el fin de que cada postulado o postulada tenga un número asignado mediante el cual los y las militante manifestarán su apoyo de forma individual directa y secreta según lo establecido en el presente reglamento.
Las listas de postulados y postuladas elaboradas en las planillas suministrada para tal fin, serán firmadas por el jefe o jefa de Ubch, los jefes o jefas de comunidades presentes y las o los testigos del proceso.
Apoyo individual, directo y secreto a las postulaciones en la Ubch al cargo de gobernador o gobernadora.
En cada Ubch habrá dos cajas identificadas una con la palabra “HOMBRES”, y la otra con la palabra “MUJERES”,donde los y las militantes presentes en la asamblea de Ubch introducirán la papeleta de apoyo a la postulación al cargo de gobernador o gobernadora.
Cada militante introducirá en la caja identificada con la palabra “HOMBRES”una papeleta con dos números correspondientes a dos militantes postulados para el cargo de gobernador; y una papeleta que introducirá en la caja identificada con la palabra “MUJERES” con dos números correspondientes a dos militantes postuladas para el cargo de gobernadora.
La papeleta de apoyo a la postulación que no tenga dos (02) números, será anulada.
Totalización de los apoyos a las postulaciones al cargo de gobernador o gobernadora en cada Ubch.
El acto de totalización de apoyos será público en cada asamblea de Ubch, y se hará inmediatamente culmine las manifestaciones de apoyo de todos los presentes en la asamblea.
El acto de totalización de apoyos se hará de la siguiente manera:
- El jefe o jefa de Ubch, asistido por los jefes o jefas de comunidades, en presencia de las o los testigos del proceso, abrirá la caja identificada con la palabra “HOMBRES” y contará el número de papeletas introducidas, anotando dicho número en una pizarra o cartelera para que todos los y las presentes lo vean.
- Acto seguido,leerá el contenido de cada papeleta de apoyo en voz alta, mostrandoa los presentes la papeleta y anotándoseen la pizarra o cartelera el apoyo expresado en la papeleta.
- Finalizada la lectura de todas las papeletas se procederá a llenar el acta de totalización de apoyosa las postulaciones en la planilla suministrada para tal fin la cual será firmada por el jefe o jefa de Ubch, jefes o jefas de comunidad presentes en la asamblea y los testigos del proceso.
- Las o los testigos tendrán derecho a plasmar sus observaciones y/u objeciones en el acta.
- Luego se procederá a abrir la caja identificada con la palabra “MUJERES” y se cumplirá con lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo. (Importante señalar que habrá un acta de totalización aparte para la caja identificada con la palabra “MUJERES”).
- Finalizado el llenado de las dos actas de totalización de apoyos (“HOMBRES” y “MUJERES”) el jefe o jefa de Ubch, o quien dirija la asamblea, declarará concluido el proceso de apoyo de postulaciones al cargo de gobernador o gobernadora.
Organización y elaboración de listas de postulados y postuladas en la Ubch al cargo de alcalde o alcaldesa.
El segundo acto corresponde al cargo de alcalde o alcaldesa.
Este acto se iniciará con el ejercicio del derecho a postular cumpliendo con el procedimiento establecido en el reglamento.
Concluido el ejercicio del derecho a postular, se elaborarán dos listas: una de hombres y otra de mujeres, las cuales serán conformadas por orden alfabético del apellido y numeradas en ese orden con el fin de que cada postulado o postulada tenga un número asignado mediante el cual los y las militante manifestarán su apoyo de forma individual directa y secreta según lo establecido en el presente reglamento.
Las listas de postulados o postuladas elaboradas en las planillas suministradas para tal fin, serán firmadas por el jefe o jefa de Ubch, los jefes o jefas de comunidades presentes y las o los testigos del proceso.
Apoyo individual, directo y secreto a las postulaciones en la UBCH al cargo de alcalde o alcaldesa.
En cada Ubch habrá dos cajas identificadas,una con la palabra “HOMBRES” y la otra con la palabra “MUJERES”, donde los militantes presentes en la asamblea de Ubch introducirán la papeleta de apoyo a la postulación al cargo de alcalde o alcaldesa.
Cada militante introducirá en la caja identificada con la palabra “HOMBRES” una papeleta con dos números correspondientes a dos militantes postulados para el cargo de alcalde; y una papeleta que introducirá en la caja identificada con la palabra “MUJERES” con dos números correspondientes a dos militantes postuladas para el cargo de alcaldesa.
La papeleta de apoyo a la postulación que no tenga dos números, será anulada.
Totalización de los apoyos a las postulaciones al cargo de alcalde o alcaldesa en cada UBCH
El acto de totalización de apoyos será público en cada asamblea de Ubch, y se hará inmediatamente culmine las manifestaciones de apoyo de todos los presentes en la asamblea.
Al acto de totalización de apoyos se hará de la siguiente manera:
El jefe o jefa de Ubch asistido por los jefes o jefas de comunidades, en presencia de las o los testigos de los postulados o postuladas, abrirá la caja identificada con la palabra “HOMBRES” y contará el número de papeletas introducidas, anotando dicho número en una pizarra o cartelera para que todos los y las presentes lo vean.
Acto seguido,leerá el contenido de cada papeleta de apoyo en voz alta, mostrará a los presentes la papeleta y anotará en la pizarra o cartelera el apoyo expresado en la papeleta.
Finalizada la lectura de todas las papeletas se procederá a llenar el acta de totalización de apoyos a las postulaciones en la planilla suministrada para tal fin la cual será firmada por el jefe o jefa de Ubch, jefes o jefas de comunidad presentes en la asamblea y los testigos del proceso.
Las o los testigos tendrán derecho a plasmar sus observaciones y/u objeciones en el acta.
Luego se procederá a abrir la caja identificada con la palabra “MUJERES” y se cumplirá con lo establecido en el presente artículo.
(Importante señalar que habrá un acta de totalización aparte para la caja identificada con la palabra “MUJERES”).
Finalizado el llenado de las dos actas de totalización de apoyos (“HOMBRES” y “MUJERES”) el jefe o jefa de Ubch, o quien dirija la asamblea, declarará concluido el proceso de apoyo de postulaciones al cargo de alcalde o alcaldesa.
Organización y elaboración de listas de postulados y postuladas en la Ubch al cargo de legislador o legisladora por la circunscripción electoral.
Este acto se iniciará con el ejercicio del derecho a postular cumpliendo con el procedimiento establecido en el presente reglamento.
Concluido el ejercicio del derecho a postular, se elaborarán dos listas: una de hombres y otra de mujeres, las cuales serán conformadas por orden alfabético del apellido y numeradas en ese orden con el fin de que cada postulado o postulada tenga un número asignado mediante el cual los y las militante manifestarán su apoyo de forma individual directa y secreta según lo establecido en el presente reglamento.
Las listas de postulados y postuladas elaboradas en las planillas suministrada para tal fin, serán firmadas por el jefe o jefa de Ubch, los jefes o jefas de comunidades presentes y las o los testigos del proceso.
Apoyo individual, directo y secreto a las postulaciones en la Ubch al cargo de legislador o legisladora por la circunscripción electoral.
En cada Ubch habrá dos cajas identificadas, una con la palabra “HOMBRES” y la otra con la palabra “MUJERES”, donde los militantes presentes en la asamblea de Ubch introducirán la papeleta de apoyo a la postulación al cargo de legislador o legisladora por la circunscripción electoral.
Cada militante introducirá en la caja identificada con la palabra “HOMBRES” una papeleta con dos números correspondientes a dos militantes postulados para el cargo de legislador por la circunscripción electoral; y una papeleta que introducirá en la caja identificada con la palabra “MUJERES” con dos números correspondientes a dos militantes postuladas para el cargo de legisladora por la circunscripción electoral.
La papeleta de apoyo a la postulación que no tenga dos números, será anulada.
Totalización de los apoyos a las postulaciones al cargo de legislador o legisladora por la circunscripción electoral en cada Ubch.
El acto de totalización de apoyos será público en cada asamblea de Ubch, y se hará inmediatamente culmine las manifestaciones de apoyo de todos los presentes en la asamblea.
(Nota: se puede establecer horario general de apertura y cierre).
Al acto de totalización de apoyos se hará de la siguiente manera:
El jefe o jefa de Ubch, asistido por los jefes o jefas de comunidades, en presencia de las o los testigos del proceso, abrirá la caja identificada con la palabra “HOMBRES” y contará el número de papeletas introducidas, anotando dicho número en una pizarra o cartelera para que todos los y las presentes lo vean.
Acto seguido, leerá el contenido de cada papeleta de apoyo en voz alta, mostrará a los presentes la papeleta y anotará en la pizarra o cartelera el apoyo expresado en la papeleta.
Finalizada la lectura de todas las papeletas se procederá a llenar el acta de totalización de apoyos a las postulaciones en la planilla suministrada para tal fin la cual será firmada por el jefe o jefa de Ubch, jefes o jefas de comunidad presentes en la asamblea y los testigos del proceso.
Las o los testigos tendrán derecho a plasmar sus observaciones y/u objeciones en el acta. Luego se procederá a abrir la caja identificada con la palabra “MUJERES” y se cumplirá con lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo.
(Importante señalar que habrá un acta de totalización aparte para la caja identificada con la palabra “MUJERES”).
En cada Ubch habrá dos (02) cajas identificadas, una con la palabra “HOMBRES” y la otra con la palabra “MUJERES”, donde los militantes presentes en la asamblea de Ubch introducirán la papeleta de apoyo a la postulación al cargo de concejal o concejala por la circunscripción electoral.
Cada militante introducirá en la caja identificada con la palabra “HOMBRES” una papeleta con dos números correspondientes a dos militantes postulados para el cargo de concejal por la circunscripción electoral; y una papeleta que introducirá en la caja identificada con la palabra “MUJERES” con dos números correspondientes a dos militantes postuladas para el cargo de concejala por la circunscripción electoral.
La papeleta de apoyo a la postulación que no tenga dos (02) números, será anulada.
Totalización de los apoyos a las postulaciones al cargo de concejal o concejala por la circunscripción electoral en cada Ubch
El acto de totalización de apoyos será público en cada asamblea de Ubch y se hará inmediatamente culmine las manifestaciones de apoyo de todos los presentes en la asamblea.
(Nota: se puede establecer horario general de apertura y cierre).
Al acto de totalización de apoyos se hará de la siguiente manera:
El jefe o jefa de Ubch, asistido por los jefes o jefas de comunidades, en presencia de las o los testigos de los postulados o postuladas, abrirá la caja identificada con la palabra “HOMBRES” y contará el número de
papeletas introducidas, anotando dicho número en una pizarra o cartelera para que todos los y las presentes lo vean.
Acto seguido, leerá el contenido de cada papeleta de apoyo en voz alta, mostrará a los presentes la papeleta y anotará en la pizarra o cartelera el apoyo expresado en la papeleta.
Finalizada la lectura de todas las papeletas se procederá a llenar el acta de totalización de apoyos a las postulaciones en la planilla suministrada para tal fin la cual será firmada por el jefe o jefa de Ubch, jefes o jefas de comunidad presentes en la asamblea y los testigos del proceso.
Las o los testigos tendrán derecho a plasmar sus observaciones y/u objeciones en el acta.
Luego se procederá a abrir la caja identificada con la palabra “MUJERES” y se cumplirá con lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo.
(Importante señalar que habrá un acta de totalización aparte para la caja identificada con la palabra “MUJERES”).
Finalizado el llenado de las dos actas de totalización de apoyos (“HOMBRES” y “MUJERES”) el jefe o jefa de UBCH, o quien dirija la asamblea, declarará concluido el proceso de apoyo de postulaciones al cargo de concejal o concejala por la circunscripción electoral.
Organización y elaboración de listas de postulados y postuladas en la UBCH al cargo de legislador o legisladora voto lista
El quinto acto corresponde al cargo de legislador o legisladora voto lista. Este acto se iniciará con el ejercicio del derecho a postular cumpliendo con el procedimiento establecido en el presente reglamento.
Concluido el ejercicio del derecho a postular, se elaborarán dos listas: una de hombres y otra de mujeres, las cuales serán conformadas por orden alfabético del apellido y numeradas en ese orden con el fin de que cada postulado o postulada tenga un número asignado mediante el cual los y las militante manifestarán su apoyo de forma individual directa y secreta según lo establecido en el presente reglamento.
Las listas de postulados o postuladas elaboradas en las planillas suministrada para tal fin, serán firmadas por el jefe o jefa de Ubch, los jefes o jefas de comunidades presentes y las o los testigos de los postulados o postuladas al cargo de legislador o legisladora voto lista.
Apoyo individual, directo y secreto a las postulaciones en la Ubch al cargo de legislador o legisladora voto lista
En cada Ubch habrá dos cajas identificadas, una con la palabra “HOMBRES” y la otra con la palabra “MUJERES”, donde los militantes presentes en la asamblea de Ubch introducirán la papeleta de apoyo a la postulación al cargo de legislador o legisladora voto lista.
Cada militante introducirá en la caja identificada con la palabra “HOMBRES” una papeleta con cuatro números correspondientes a cuatro militantes postulados para el cargo de legislador voto lista; y una papeleta que introducirá en la caja identificada con la palabra “MUJERES” con cuatro números correspondientes a cuatro mujeres militantes postuladas para el cargo de legisladora voto lista.
La papeleta de apoyo a la postulación que no tenga cuatro números, será anulada.
Totalización de los apoyos a las postulaciones al cargo de legislador o legisladora voto lista en cada Ubch.
El acto de totalización de apoyos será públicoen cada asamblea de Ubch, y se hará inmediatamente culmine las manifestaciones de apoyo de todos los presentes en la asamblea.
(Nota: se puede establecer horario general de apertura y cierre).
Al acto de totalización de apoyos se hará de la siguiente manera:
El jefe o jefa de Ubch, asistido por los jefes o jefas de comunidades, en presencia de las o los testigos del proceso, abrirá la caja identificada con la palabra “HOMBRES” y contará el número de papeletas introducidas, anotando dicho número en una pizarra o cartelera para que todos los y las presentes lo vean.
Acto seguido, leerá el contenido de cada papeleta de apoyo en voz alta, mostrará a los presentes la papeleta y anotará en la pizarra o cartelera el apoyo expresado en la papeleta.
Finalizada lalectura de todas las papeletas se procederá a llenar el acta de totalización de apoyos a las postulaciones en la planilla suministrada para tal fin la cual será firmada por el jefe o jefa de Ubch, jefes o jefas de comunidad presentes en la asamblea y los testigos del proceso. Las o los testigos tendrán derecho a plasmar sus observaciones y/u objeciones en el acta. Luego se procederá a abrir la caja identificada con la palabra “MUJERES” y se cumplirá con lo establecido en el reglamento. (Importante señalar que habrá un acta de totalización aparte para la caja identificada con la palabra “MUJERES”).
Finalizado el llenado de las dos actas de totalización de apoyos (“HOMBRES” y “MUJERES”) el jefe o jefa de Ubch, o quien dirija la asamblea, declarará concluido el proceso de apoyo de postulaciones al cargo de legislador o legisladora voto lista.
Organización y elaboración de listas de postulados y postuladas en la Ubch al cargo de concejal o concejala voto lista.
El sexto acto corresponde al cargo de concejal o concejala voto lista. Este acto se iniciará con el ejercicio del derecho a postular cumpliendo con el procedimiento establecido en el presente reglamento. Concluido el ejercicio del derecho a postular, se elaborarán dos listas: una de hombres y otra de mujeres, las cuales serán conformadas por orden alfabético del apellido y numeradas en ese orden con el fin de que cada postulado o postulada tenga un número asignado mediante el cual los y las militante manifestarán su apoyo de forma individual directa y secreta según lo establecido en el presente reglamento. Las listas de postulados o postuladas elaboradas en las planillas suministrada para tal fin, serán firmadas por el jefe o jefa de Ubch, los jefes o jefas de comunidades presentes y las o los testigos del proceso.
Apoyo individual, directo y secreto a las postulaciones en la Ubch al cargo de concejal o concejala voto lista.
En cada Ubch habrá dos cajas identificadas, una conla palabra “HOMBRES” y la otra con la palabra “MUJERES”, donde los militantes presentes en la asamblea de Ubch introducirán la papeleta de apoyo a la postulación al cargo de concejal o concejala voto lista.
Cada militante introducirá en la caja identificada con la palabra “HOMBRES” una papeleta con cuatro números correspondientes a cuatro militantes postulados para el cargo de concejal voto lista; y una papeleta que introducirá en la caja identificada con la palabra “MUJERES” con cuatro números correspondientes a cuatro mujeres militantes postuladas para el cargo de concejala voto lista.
La papeleta de apoyo a la postulación que no tenga cuatro números, será anulada.
Totalización de los apoyos a las postulaciones al cargo de concejal o concejala voto lista en cada Ubch.
El acto de totalización de apoyos será público en cada asamblea de Ubch, y se hará inmediatamente culmine las manifestaciones de apoyo de todos los presentes en la asamblea.
(Nota: se puede establecer horario general de apertura y cierre).
Al acto de totalización de apoyos se hará de la siguiente manera:
El jefe o jefa de Ubch, asistido por los jefes o jefas de comunidades, en presencia de las o los testigos de los postulados o postuladas, abrirá la caja identificada con la palabra “HOMBRES” y contará el número de papeletas introducidas, anotando dicho número en una pizarra o cartelera para que todos los y las presentes lo vean.
Acto seguido, leerá el contenido de cada papeleta de apoyo en voz alta, mostrará a los presentes la papeleta y anotará en la pizarra o cartelera el apoyo expresado en la papeleta.
Finalizada la lectura de todas las papeletas se procederá a llenar el acta de totalización de apoyos a las postulaciones en la planilla suministrada para tal fin la cual será firmada por el jefe o jefa de Ubch, jefes o jefas de comunidad presentes en la asamblea y los testigos del proceso.
Las o los testigos tendrán derecho a plasmar sus observaciones y/u objeciones en el acta.
Luego se procederá a abrir la caja identificada con la palabra “MUJERES” y se cumplirá con lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 del presente artículo. (Importante señalar que habrá un acta de totalización aparte para la caja identificada con la palabra “MUJERES”).
Finalizado el llenado de las dos actas de totalización de apoyos (“HOMBRES” y “MUJERES”) el jefe o jefa de Ubch, o quien dirija la asamblea, declarará concluido el proceso de apoyo de postulaciones al cargo de concejal o concejala voto lista.
Convocatoria y organización de la asamblea de
Ubch
A partir de la publicación del presente reglamento en la página web del Partido Socialista Unido de Venezuela, cada jefe o jefa de Ubch y jefes o jefas de comunidades deberán convocar a toda la militancia de la Ubch inscrita en el Registro Electoral (RE) y debidamente carnetizada para que participe en la asamblea que se realizará el día 27 de junio a partir de las 8 am.
Con el objeto de postular y manifestar el apoyo a las postulaciones de los candidatos y candidatas que participarán en las elecciones convocadas por el CNE para el 21 de noviembre 2021.
Supervisión de la convocatoria a las asambleas
Los vicepresidentes y vicepresidentas territoriales deberán organizar equipos supervisores y asignarles un número de Ubch a supervisar tomando en cuenta para su conformación a los miembros de los equipos políticos, los diputados y diputadas a la Asamblea Nacional, los delegados y delegadas al Congreso del Psuv y otros cuadros que tenga a bien incorporar.
La asamblea, declarará concluido el proceso de apoyo de postulaciones al cargo de concejal o concejala voto lista.
La convocatoria y organización de la asamblea de Ubch
A partir de la publicación del presente reglamento en la página web del Partido Socialista Unido de Venezuela, cada jefe o jefa de Ubch y jefes o jefas de comunidades deberán convocar a toda la militancia de la Ubch inscrita en el registro electoral (RE) y debidamente carnetizada para que participe en la asamblea que se realizará el día 27 de junio a partir de las 8.am. con el objeto de postular y manifestar el apoyo a las postulaciones de los candidatos y candidatas que participarán en las elecciones convocadas por el CNE para el 21 de noviembre 2021.
Supervisión de la convocatoria a las asambleas
Los vicepresidentes y vicepresidentas territoriales deberán organizar equipos supervisores y asignarles un número de Ubch a supervisar tomando en cuenta para su conformación a los miembros de los equipos políticos, los diputados y diputadas a la Asamblea Nacional, los delegados y delegadas al Congreso del Psuv y otros cuadros que tenga a bien incorporar.
Dirección de la asamblea
La asamblea será dirigida por el jefe o jefa de Ubch, asistido por los jefes y jefas de comunidadesde la Ubch.
En caso de ausencia del jefe o jefa de Ubch, la asamblea elegirá por mayoría a un jefe de comunidad como director de la actividad.
Ante la ausencia del jefe o jefa de Ubch y de los jefes o jefas de comunidad, los y las militantes presentes en la asamblea designarán por votación mayoritaria a mano alzada, un director o directora de la asamblea.
Derecho de participar en la asamblea
Todos los y las militantes inscritos en el registro electoral (RE) y debidamente carnetizados tienen derecho a participar en la asamblea de su Ubch.
Se entiende como militante de Ubch al que conforma el padrón electoral en esa Ubch.
Del control de asistencia y del cuaderno de apoyo a las postulaciones
La Vicepresidencia de Organización suministrará a cada Ubch la lista de militantes, la cual será utilizada como cuaderno para registrar a los militantes que apoyaron las postulaciones, firmando el cuaderno y colocando su huella dactilar.
Del quórum mínimo de funcionamiento
El quórum mínimo de funcionamiento de la asamblea de Ubch será de 40 militantes asistentes y registrados en el control de asistencia.
De ser necesario, la Comisión Nacional Electoral asignará un quórum de asistencia menor a las Ubch que por su condición y ubicación así lo ameriten.
Las postulaciones realizadas en la asamblea de Ubch, donde la lista de asistentes sea menor al quórum fijado por la Comisión Nacional Electoral, serán consideradas no validas.
Del procedimiento de transcripción y transmisión electrónica.
La Comisión Nacional Electoral elaborará un instructivo sobre los procedimientos de transcripción y transmisión electrónica para centralizar los datos de postulaciones de todos los estados, municipios y circunscripciones,necesarios para el examen de la calidad revolucionaria y eficacia política de cada postulación.
De la evaluación de la Comisión Nacional Electoral
Recibidas las postulaciones, la Comisión Nacional Electoral evaluará que éstas cumplan con lo establecido en el presente reglamento, referentes a los principios,requisitos y caracterización decada militante postulado o postulada.
De los estudios de opinión (encuestas)
La Comisión Nacional Electoral, una vez evaluado el aspecto cuantitativo de las postulaciones (cantidad de apoyos recibidos) y el aspecto cualitativo (apego a los principios, valores y requisitos contemplados en el presente reglamento), podrá ordenar estudios de opinión (encuestas) para complementar la información, de ser necesario, para la toma de decisiones.
De las recomendaciones al Presidente del Partido
Teniendo en cuenta que en la sesión plenaria extraordinaria del IV Congreso del Partido Socialista Unido de Venezuela, máxima instancia de toma de decisiones de nuestra organización política, celebrada el 5 de marzo 2021, se decidió por unanimidad delegar en el Presidente del Partido Nicolás Maduro Moros la designación de candidatos y candidatas que participarán en las elecciones convocadas por el CNE para el próximo 21 de noviembre, la Comisión Nacional Electoral, una vez cumplida la evaluación recomendará para cada caso al Presidente del Psuv las siguientes formas de acción:
La designación producto de la consulta, tomando encuenta la cantidad de apoyos que recibió cada postulación y la evaluación cualitativa a que hace referencia en el reglamento.
El postulado o postulada que cumpla con lo establecido y obtenga más del 85% de apoyo a su postulación, podrá ser designado o designada candidato o candidata sin necesidad de ir a primarias.
La realización de elecciones primarias.
En todos los casos, de conformidad con la decisión del IV Congreso del Psuv, el Presidente del Partido podrá designar directamente los candidatos y/o las candidatas a los cargos de gobernador o gobernadora y alcalde o alcaldesa en estados y municipios donde la situación política así lo amerite o por cualquier otra consideración de carácter estratégico.
Elecciones primarias
Recomendación de candidatos y candidatas que irán a elecciones primarias.
Como producto de una metódica de consultade abajo hacia arriba, que parte de la militancia que hace vida en cada Unidad Bolívar Chávez (Ubch), la cual los Estatutos del Partido define como la “organización esencial y base de articulación” del Partido Socialista Unido de Venezuela; y aplicando todo lo establecido en el presente reglamento, la Comisión Nacional Electoral recomendará al Presidente del Partido los nombres de los candidatos y las candidatas que irán a elecciones primarias.
De los resultados de las elecciones primarias y de la elección de los candidatos o candidatas del Psuv que participarán en las elecciones convocadas por el CNE para el 21 de noviembre 2021.
Se considerará candidato electo o candidata electa en primarias el o la que obtenga mas del 50% de los votos válidos, o el candidato o candidata que supere con una ventaja superior a 10 puntos porcentuales al segundo candidato o segunda candidata con mas votos válidos obtenidos.
Las candidatas y los candidatos que no obtengan los porcentajes señalados serán reevaluados por la Comisión Nacional Electoral, la cual tomará en cuenta las políticas de alianzas con las fuerzas que conforman el Gran Polo Patriótico.
De la unidad y alianzas con las fuerzas que integran el Gran Polo Patriótico.
El momento histórico nos exige que las fuerzas políticas que integran el Gran Polo Patriótico nos presentemos con el mayor grado de unidad posible en la próxima batalla electoral del 21 de noviembre 2021. En tal sentido, todo militante y toda militante debe estar dispuesto o dispuesta a ceder su candidatura, por el bien inestimable de la unión.
La consulta de designación de los candidatos y candidatas de la circunscripciones electorales de los pueblos indígenas
De las postulaciones de los pueblos indígenas.
Los pueblos, comunidades, organizaciones y movimientos indígenas de reconocida trayectoria y solvencia moral revolucionaria, respetando la paridad de género, podrán postular ante la instancia designada
por la Comisión Nacional Electoral, una candidata o candidato con su respectivo suplente para ocupar los cargos de Representación Indígena en los Consejos Legislativos y Concejos Municipales; según sea el caso, las mismas serán recibidas por los Comisionados Indígenas de los Equipos Políticos de cada estado y deben estar ajustadas según sea la circunscripción electoral indígena a nivel de concejales (as) o Legisladores (es), sin menoscabo de las postulaciones que tenga a bien formular de forma individual cada militante indígena revolucionario, asegurando bajo estas prerrogativas que se consulte a todo compatriota que quiera participar.
De la evaluación de las postulaciones de los pueblos indígenas
Todas las postulaciones serán recibidas, se seleccionará las tres mujeres y tres hombres más postulados y sus nombres serán elevados a la Comisión Nacional Electoral para las respectivas consideraciones, teniendo en cuenta para su selección, a los dos hombres y mujeres que cumplan con el perfil del militante indígena revolucionario, de reconocida y comprobada trayectoria en las luchas por las reivindicaciones ancestrales de los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.
Requisitos para ser postulado o postulada por los pueblos indígenas.
Para ser postulado como candidato o candidata indígena deberá ser revolucionario y reunir con al menos dos de las siguientes condiciones:
- Haber ejercido un cargo de autoridad tradicional en su respectiva comunidad.
- Tener conocida trayectoria en la lucha en pro del reconocimiento de su identidad cultural.
- Haber realizado acciones en beneficio de los pueblos y comunidades.
- Hablar su idioma originario.
- Pertenecer a una organización indígena legalmente constituida con un mínimo de tres años de funcionamiento.
De la designación de los candidatos y candidatas de los pueblos indígenas.
La postulación de los candidatos y candidatas correspondiente a la representación de los pueblos indígenas establecida en la Constitución de la República y demás las leyes, deberán hacerse por la militancia indígena revolucionaria con estricto apego y respeto a sus usos, tradiciones y costumbres que los identifica como pueblos originarios, en el caso de las propuestas a través de las comunidades la selección podrá definirse mediante acuerdos y consensos o por elección de la mayoría simple de los votos expresados en la asamblea.
Aspectos disciplinarios
Órgano disciplinario: La Comisión Nacional Electoral, tendrá como órgano subordinado a la Vicepresidencia de Disciplina del Psuv para la sustanciación de expedientes disciplinarios ante la comisión de faltas graves que atenten contra el proceso de consulta y los derechos de los y las militantes.
Motivo de expulsión de las filas del PSUV.
Se considera falta grave y motivo de expulsión de las filas del Psuv cualquier acción de amedrentamiento, presiónyamenaza destinada a impedir el derecho que tienen los y las militantes a postular libremente candidatos ycandidatas ante la asamblea de su Ubch.
Por tal razón, queda terminantemente prohibido que los funcionarios públicos de instituciones como ministerios, gobernaciones, alcaldías, cuerpos legislativos, etc., y en general a todo y a toda militante del Psuv, el ejercer cualquier tipo de presión sobre los y las militantes para coartarsu libertad de postular y apoyar a quien consideren reúne los méritos.
En tal sentido, queda prohibida la mal llamada “línea”, así como la violación del derecho a la privacidad exigiendo el capture de pantalla de cualquier comunicación telefónica.
La gravedad de este tipo de falta será mayor en la misma proporción de la mayorresponsabilidad del cargo que ocupe el funcionario o la funcionaria que la comete.
En términos generales se considera falta grave y motivo de expulsión el intento de impedir que se cumpla lo establecido en el presente reglamento.
De los mecanismos de denuncia:
La Vicepresidencia de Disciplina del Psuv, diseñará, pondrá en practica y divulgará los mecanismos y canales para hacer efectiva las denuncias en relación a lo contemplado en el artículo anterior.
Disposiciones Finales
Entrada en vigencia del reglamento
El presente reglamento entrará en vigencia al momento de su publicación en la página web del Partido Socialista Unido de Venezuela.